Horas extra en hostelería es, sin exagerar, el conflicto laboral más extendido del sector. Los picos de servicio, los eventos que se alargan y la falta de personal en temporada alta hacen que trabajar por encima de la jornada sea habitual. Lo que no es habitual es que se registren y se paguen correctamente. Esta guía explica los límites legales, cómo deben abonarse y qué hacer si no te las pagan.
Qué se considera hora extraordinaria
Es hora extraordinaria toda la que se realiza por encima de la jornada ordinaria pactada, ya sea la del contrato o la del convenio colectivo.
Un matiz importante para el sector: la jornada se computa en promedio anual (40 horas semanales de media, con carácter general). Esto significa que si trabajas 45 horas una semana de agosto pero 35 en una semana de noviembre, esas horas de más no son necesariamente extraordinarias si se compensan dentro del cómputo anual mediante una distribución irregular pactada. Consulta el detalle en nuestra guía de jornada laboral en hostelería.
Lo que sí son horas extra de forma clara: las que exceden el cómputo anual, o las que se hacen sin que exista ningún sistema de compensación.
El límite legal: 80 horas al año
Las horas extra en hostelería, como en cualquier sector, tienen un tope de 80 horas anuales por trabajador, según el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores. Puedes consultar el texto completo en el BOE.
Quedan fuera de ese cómputo:
- Las horas extraordinarias por fuerza mayor (prevenir o reparar siniestros y daños extraordinarios y urgentes).
- Las horas extra que se compensen con descanso dentro de los 4 meses siguientes.
Este segundo punto es clave y poco conocido: si la empresa te compensa con tiempo libre en vez de con dinero, esas horas no consumen tu tope de 80.
Contratos a tiempo parcial: no pueden realizar horas extraordinarias, salvo las de fuerza mayor. Lo que sí pueden hacer son horas complementarias, que tienen su propio régimen y requieren un pacto expreso por escrito, como explicamos en la guía de contrato fijo discontinuo en hostelería.
Cómo se pagan las horas extra
La ley da dos opciones, y la elección corresponde a lo pactado en convenio o contrato:
Opción A — Retribución económica. El importe lo fija el convenio, pero nunca puede ser inferior al valor de la hora ordinaria. Muchos convenios de hostelería establecen un recargo sobre esa hora ordinaria; revisa el tuyo, porque varía por provincia.
Cómo calcular el valor de tu hora ordinaria: divide tu salario bruto anual (incluidas pagas extra) entre el número de horas de trabajo efectivo anuales que fije tu convenio.
Ejemplo: un trabajador con 18.000 € brutos anuales y una jornada convenio de 1.780 horas anuales tiene una hora ordinaria de aproximadamente 10,11 €. Su hora extra no podría pagarse por debajo de esa cifra.
Opción B — Compensación con descanso. Si se opta por esta vía, el descanso debe disfrutarse dentro de los 4 meses siguientes a su realización. Pasado ese plazo sin haberlas compensado, procede su abono económico.
La obligación de registrar las horas extra
Además del registro diario de jornada obligatorio desde 2019, la empresa debe:
- Registrar las horas extraordinarias realizadas por cada trabajador.
- Entregar copia del resumen al trabajador junto con el recibo de salarios.
- Informar mensualmente a la representación legal de los trabajadores sobre las horas extra realizadas.
Este registro es precisamente la prueba que necesitarás si algún día tienes que reclamar. Y es también uno de los aspectos que más fiscaliza la Inspección de Trabajo en el sector.
Qué hacer si no te pagan las horas extra
Este es el escenario más común en hostelería. Los pasos:
1. Reúne pruebas. Sin registro oficial, sirven: cuadrantes de turnos, mensajes de WhatsApp del grupo del equipo, correos, fichajes de aplicaciones, testigos (compañeros). Guarda todo lo que acredite la hora real de entrada y salida.
2. Reclama por escrito. Un burofax o un correo con acuse deja constancia de la fecha y del importe reclamado.
3. Papeleta de conciliación ante el servicio de mediación de tu comunidad autónoma.
4. Demanda de cantidad ante el Juzgado de lo Social si no hay acuerdo.
Plazo importante: el plazo para reclamar horas extra impagadas es de 1 año desde el día en que debieron abonarse. Es un plazo que corre mes a mes, así que cuanto antes reclames, más recuperas.
Alternativa o vía paralela: denunciar ante la Inspección de Trabajo, que puede actuar de oficio y sancionar a la empresa. La denuncia puede presentarse de forma anónima en cuanto al trabajador afectado, aunque la Inspección investiga la empresa en su conjunto. Más información en el Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Para el empresario: cómo gestionarlas correctamente
Si diriges un negocio de hostelería, la gestión limpia de las horas extra en hostelería pasa por:
- Llevar un registro diario fiable y conservarlo 4 años.
- Decidir por adelantado si se compensan con descanso o se abonan, y dejarlo claro con la plantilla.
- Vigilar el tope de 80 horas anuales por trabajador.
- Entregar el resumen mensual junto con la nómina.
Es más barato pagarlas bien que afrontar una reclamación de un año de horas acumuladas más la sanción correspondiente. Puedes ver el resto de obligaciones en nuestra guía sobre contratar personal en hostelería.
Este artículo es divulgativo y no sustituye el asesoramiento jurídico personalizado. Revisa tu convenio provincial, que puede establecer recargos y condiciones específicas para las horas extraordinarias.
Álex Ferrer es el seudónimo del autor de Laboral Hostelero, profesional de recursos humanos en el sector de la hostelería con experiencia diaria en contratación, nóminas, despidos y ERTEs. Escribe guías prácticas basadas en el Estatuto de los Trabajadores, el ALEH y los convenios provinciales, y las revisa cuando cambia la norma. Este blog es divulgativo y no presta asesoramiento sobre casos concretos.


