Pedir una excedencia no es lo mismo que irse: tu contrato queda en pausa, no se acaba. Pero no todas las excedencias protegen igual. La voluntaria, la más habitual, no te guarda el puesto: solo te da preferencia para volver cuando haya una vacante. La de cuidado de hijos, en cambio, te reserva tu mismo puesto durante el primer año. Esta guía de la excedencia laboral en hostelería te explica cada tipo, sus plazos y cómo pedirla para no llevarte sorpresas al volver.
Qué es una excedencia y en qué se diferencia de dimitir
En una baja voluntaria la relación laboral termina: se extingue el contrato y no hay vuelta atrás.
En una excedencia, el contrato queda suspendido: no trabajas ni cobras, pero la relación laboral sigue viva y conservas un derecho de regreso, cuyo alcance depende del tipo de excedencia. Está regulada en el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores, que puedes consultar en el BOE.
Excedencia voluntaria
Es la más habitual y también la que menos garantías ofrece.
Requisitos:
- Tener al menos 1 año de antigüedad en la empresa.
- Duración: entre 4 meses y 5 años.
- No se puede volver a solicitar hasta que hayan transcurrido 4 años desde el final de la anterior.
Qué NO conserva:
- No se cotiza a la Seguridad Social durante ese periodo.
- No se computa como antigüedad.
- No hay derecho de reincorporación automática: solo un derecho preferente al reingreso en una vacante de igual o similar categoría que exista o se produzca en la empresa.
Este último punto es crítico y sorprende a mucha gente: si al volver no hay vacante, la empresa no está obligada a crear un puesto para ti. Tu derecho es a ocupar la primera que surja, no a recuperar tu puesto anterior.
Excedencia por cuidado de hijos
Mucho más protectora que la voluntaria.
Condiciones:
- Duración máxima de 3 años desde el nacimiento, adopción o acogimiento.
- No se exige antigüedad previa.
- Puede disfrutarse de forma fraccionada.
Qué conserva:
- Reserva del mismo puesto de trabajo durante el primer año. Transcurrido ese año, la reserva se refiere a un puesto del mismo grupo profesional o categoría equivalente.
- Se computa a efectos de antigüedad.
- Los tres años de excedencia por cuidado de cada hijo se consideran periodo de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, y nacimiento y cuidado de menor.
- Derecho a asistir a cursos de formación convocados por la empresa.
En familias numerosas, el periodo de reserva del puesto se amplía.
Excedencia por cuidado de familiares
Condiciones:
- Duración máxima de 2 años, salvo que el convenio establezca una duración mayor.
- Para cuidar a un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.
Qué conserva: reserva del puesto durante el primer año, cómputo de antigüedad y consideración del periodo como cotizado a efectos de determinadas prestaciones. La norma sobre este cómputo se ha modificado en los últimos años, así que confirma la duración exacta en tu caso con la Seguridad Social.
Excedencia forzosa
Se concede por designación o elección para un cargo público o funciones sindicales de ámbito provincial o superior que imposibiliten la asistencia al trabajo.
Qué conserva: conservación del puesto y cómputo de la antigüedad durante toda su vigencia. El reingreso debe solicitarse dentro del mes siguiente al cese en el cargo.
Cómo solicitar la excedencia paso a paso
- Comprueba que cumples los requisitos del tipo que vas a pedir (especialmente el año de antigüedad en la voluntaria).
- Revisa tu convenio: muchos convenios de hostelería mejoran los plazos legales o añaden supuestos. Consulta cómo localizarlo en nuestra guía del convenio colectivo de hostelería.
- Solicítala por escrito, con acuse de recibo, indicando: tipo de excedencia, fecha de inicio y fecha prevista de finalización.
- Guarda copia sellada o el justificante de envío.
- Espera la respuesta por escrito de la empresa.
En las excedencias por cuidado de hijos o familiares, la empresa no puede denegarla si se cumplen los requisitos: es un derecho. En la voluntaria, tampoco puede denegarla si concurren los requisitos legales, aunque sí puede discutirse la fecha de inicio por razones organizativas.
La reincorporación: el momento crítico
Solicita el reingreso por escrito y con antelación, aunque la ley no fije un plazo concreto para la voluntaria. Lo prudente es hacerlo al menos un mes antes del fin del periodo, dejando constancia.
Si la empresa no te readmite:
- En excedencias con reserva de puesto (cuidado de hijos o familiares durante el primer año, forzosa), la negativa equivale a un despido improcedente, impugnable en el plazo de 20 días hábiles. Consulta el procedimiento en nuestra guía de despidos e indemnizaciones en hostelería.
- En la voluntaria, si existe vacante y no te la ofrecen, puedes reclamar tu derecho preferente por la vía judicial.
Excedencia y contrato fijo discontinuo
En un contrato fijo discontinuo también puede solicitarse excedencia, con la particularidad de que sus efectos se proyectan sobre los llamamientos: durante la excedencia no procede el llamamiento, y al finalizar se recupera la posición en el orden establecido.
Un apunte práctico para el sector
En hostelería, con su alta rotación, la excedencia voluntaria se usa a veces como alternativa a dimitir cuando alguien quiere probar otro trabajo sin cerrar la puerta. Es una opción razonable, pero ten presente su límite real: el derecho preferente al reingreso no equivale a tener el puesto guardado. Si tu prioridad es asegurarte la vuelta, negocia por escrito con la empresa las condiciones concretas del regreso antes de solicitarla.
Este artículo es divulgativo y no sustituye el asesoramiento jurídico personalizado. Revisa tu convenio provincial, que puede mejorar los plazos y supuestos aquí descritos.
Álex Ferrer es el seudónimo del autor de Laboral Hostelero, profesional de recursos humanos en el sector de la hostelería con experiencia diaria en contratación, nóminas, despidos y ERTEs. Escribe guías prácticas basadas en el Estatuto de los Trabajadores, el ALEH y los convenios provinciales, y las revisa cuando cambia la norma. Este blog es divulgativo y no presta asesoramiento sobre casos concretos.


