Finiquito en hostelería: qué incluye, cómo calcularlo y calculadora

Actualizado: septiembre de 2026

El finiquito se cobra siempre que termina un contrato: te despidan, te vayas tú o se acabe la temporada. Lo que cambia es la cifra, y en hostelería es fácil que la que te ofrecen no sea la correcta: pagas extra prorrateadas o no, vacaciones que no pudiste coger en temporada alta, horas pendientes. Esta guía del finiquito en hostelería te enseña a comprobarlo concepto a concepto, con una calculadora para hacerlo en un minuto.

Qué incluye el finiquito

Cuatro conceptos, y solo cuatro:

  1. El salario de los días trabajados del último mes que aún no has cobrado.
  2. La parte proporcional de las pagas extra generada y no cobrada, salvo que las tengas prorrateadas en la nómina.
  3. Las vacaciones generadas y no disfrutadas hasta tu último día.
  4. Cualquier otra cantidad pendiente: horas extra, pluses, comisiones.

La indemnización por despido no forma parte del finiquito: es un concepto distinto que solo corresponde en algunos casos y se calcula aparte. Tienes su propia calculadora en la guía del despido improcedente en hostelería.

Calcula tu finiquito

Introduce tus datos y comprueba la cifra que te ofrecen:

Calcula tu finiquito

Estima lo que la empresa debe liquidarte al terminar la relación laboral, sea cual sea el motivo.

Sin incluir la parte de las pagas extra, aunque la cobres prorrateada.
Si lo dejas vacío, se usa tu salario mensual.
Por ejemplo, 1 si ya cobraste la de verano.
30 días naturales por ley; tu convenio puede mejorarlo.
Horas extra, pluses o comisiones que aún no te han pagado.

El cálculo paso a paso, con un ejemplo

Una camarera cobra 1.500 € brutos al mes con dos pagas extra de 1.500 € que no tiene prorrateadas. Deja la empresa el 20 de julio. Tiene 30 días de vacaciones al año y ha disfrutado 5. No ha cobrado todavía ninguna paga extra este año.

1. Días trabajados de julio. Julio tiene 31 días y ha trabajado 20: 1.500 € ÷ 31 × 20 = 967,74 €

2. Pagas extra. Del 1 de enero al 20 de julio han pasado 201 días. En ese tiempo ha generado esa parte de sus dos pagas: 3.000 € × 201 ÷ 365 = 1.652,05 €

3. Vacaciones. En 201 días ha generado 16,52 días de vacaciones. Menos los 5 disfrutados, le quedan 11,52 días, que se pagan a su salario diario (1.500 € ÷ 30 = 50 €): 11,52 × 50 € = 576,03 €

Finiquito bruto: 3.195,82 €. Sobre esa cifra la empresa aplicará las retenciones de IRPF y Seguridad Social, igual que en una nómina.

Pagas extra: prorrateadas o no, y por qué importa

Si las tienes prorrateadas, ya las has ido cobrando cada mes, así que en el finiquito no aparecen como concepto aparte. Para saberlo, busca en tu nómina un concepto como «Prorrata pagas extra» o «P.P. extras». Tienes cómo leer la nómina en la guía de la nómina en hostelería.

Si ya cobraste una paga este año, la cuenta cambia. Imagina que la camarera del ejemplo se va el 30 de septiembre y en julio ya cobró la paga de verano. Habrá generado 2.243,84 € de pagas en esos 273 días, pero ya recibió 1.500 €: le quedan 743,84 €. La calculadora tiene en cuenta este caso.

Si cobraste más pagas de las que llegaste a generar, la diferencia puede descontarse del finiquito. No es un error de la empresa: es la regularización.

Tienes cuántas pagas te corresponden y cuándo se cobran en la guía de pagas extra en hostelería.

Vacaciones: también pueden restar

Si disfrutaste más días de vacaciones de los que habías generado cuando dejas la empresa, la empresa puede descontarte ese exceso. Pasa a menudo cuando alguien coge las vacaciones en primavera y se va en verano. Tienes cómo se generan en la guía de vacaciones en hostelería.

Fijos discontinuos: la liquidación de fin de temporada

Si eres fijo discontinuo, al terminar la temporada no te dan un finiquito de despedida, porque tu contrato no se acaba: queda en pausa hasta el próximo llamamiento. Lo que sí te liquidan es lo generado en esa temporada (días, pagas, vacaciones). La antigüedad y la relación laboral continúan. Lo explicamos en la guía del contrato fijo discontinuo en hostelería.

Antes de firmar

  • La empresa debe darte la propuesta de finiquito con antelación: el Estatuto de los Trabajadores obliga a acompañar el preaviso de extinción con una propuesta del documento de liquidación. Así puedes revisarla con calma.
  • Puedes pedir que esté presente un representante de los trabajadores en el momento de la firma, si en tu empresa lo hay.
  • Si no estás de acuerdo, firma añadiendo «no conforme» junto a tu firma. Cobras lo que te pagan y te reservas el derecho a reclamar la diferencia.
  • Si te han despedido, recuerda que el plazo para reclamar el despido es de solo 20 días hábiles, independiente del finiquito.

Puedes consultar el Estatuto de los Trabajadores en el BOE.

Si no te pagan el finiquito

  1. Reclámalo por escrito, con burofax o correo con acuse, indicando el importe.
  2. Presenta papeleta de conciliación ante el servicio de mediación de tu comunidad autónoma.
  3. Demanda de cantidad ante el Juzgado de lo Social si no hay acuerdo.

El plazo para reclamar cantidades es de 1 año desde que debieron pagarse.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo tienen que pagarme el finiquito? Al terminar la relación laboral. La propuesta debe entregarse junto con el preaviso, y el pago se hace normalmente con la última nómina o en el momento de la firma.

¿Estoy obligado a firmarlo? No. Tu firma acredita que lo recibes; si no estás de acuerdo con el importe, firma con «no conforme».

¿El finiquito tributa? Sí, como cualquier salario, con sus retenciones de IRPF y Seguridad Social. La indemnización por despido, en cambio, está exenta dentro de los límites legales.

¿Qué pasa si me voy sin preavisar? Si tu convenio exige preaviso y no lo das, la empresa puede descontarte del finiquito el salario de los días de preaviso que faltaron.


Este artículo es divulgativo y no sustituye el asesoramiento jurídico personalizado. El número de pagas, los días de vacaciones y el periodo de devengo dependen de tu convenio provincial.

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